La
Conferencia
Episcopal
Argentina manifestó su
preocupación por la Ley
de Identidad de género, sancionada días atrás por el Congreso (fuente:
infobae.com)
Según la declaración de la CEA, la nueva normativa
permitirá “manipular la identidad sexual de los niños y dañarla de modo tal
vez irreversible”.
Respecto a la primera normativa, la Conferencia Episcopal Argentina
lamentó que no se haya tomado como principal elemento “el significado objetivo
del dato biológico” para decidir el género de cada persona. “La diversidad sexual
no depende sólo de una decisión o construcción cultural, sino que tiene su raíz
en un dato de la naturaleza humana”, manifestaron.
Es decir, para la Conferencia Episcopal
Argentina, y para la Iglesia
universal, la diversidad sexual no depende de una “decisión personal” ni de una
“construcción cultural de la sociedad”, sino del “dato biológico”, es decir,
del sexo biológico con el que la persona nace. No se puede “cambiar el sexo”
por el simple hecho de que “así lo decido yo”, o “la sociedad lo aprueba”.
La declaración de la CEA continúa así. “Consideramos muy grave que la
ley permita manipular la identidad sexual de los niños y dañarla de modo tal
vez irreversible e incluso en contra de la voluntad de sus padres”, apuntaron José María Arancedo,
Virginio Bresanelli, Mario Cargnello y Enrique Eguía en el
comunicado.
Además, mostraron reparos respecto a la Ley de Muerte Digna, a cuyo respecto, los
prelados destacaron que “se ha avanzado en aspectos referidos a la
proporcionalidad de los medios a utilizar en enfermos terminales, que eviten
un encarnizamiento terapéutico”. “Valoramos, por otra parte, la prohibición de
la eutanasia”,
expresaron.
Es decir, valoraron positivamente dos hechos de la Ley de Muerte Digna: buscar un
justo medio entre el ensañamiento terapéutico y el abandono del paciente, y el
hecho de prohibir la eutanasia.
Sin embargo, lamentan que, precisamente en la búsqueda
de un justo medio, se evita sí el ensañamiento terapéutico, pero por otro lado
se abandonan los tratamientos básicos indispensables para que el enfermo
terminal transite dignamente sus últimos días, como la hidratación y la
alimentanción” (parenteral). Con toda lógica, los obispos sostienen que esta
acción –la privación de la hidratación y de la alimentación-, constituyen una
“eutanasia pasiva”, lo cual quiere decir, además, una muerte dolorosa y nada digna, pues el enfermo muere
deshidratado y de hambre.
Dice así la declaración de la CEA: “Lamentamos, sin embargo,
que entre estos medios se haya incluido el posible rechazo de la 'hidratación y
alimentación', como si fueran medios desproporcionados, siendo,
por el contrario, un acto humanitario que hace a una muerte digna. Su
privación, en cambio, sería una eutanasia pasiva”, apuntaron.
Además, la declaración pide que se respete el “derecho
a la objeción de conciencia” de los médicos, pues la conciencia es un sagrario
interno del hombre que ninguna ley positiva puede avasallar: “Por último, la Iglesia
reclamó que en el caso de ambas leyes “se respete el derecho a la objeción de conciencia”
para aquellos médicos que deban involucrarse en los casos.
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