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lunes, 4 de diciembre de 2017

El aborto NUNCA es terapia de nada



ABORTO "TERAPÉUTICO". Aborto “legal” que abarca aprox. el 98% de los perpetrados al amparo de “indicaciones”, merced a su fácil coladero de la salud. (→Confesión del Psiquiatra Jaume Cañellas I). De hecho, hay multitud de Informes sobre inexistente justificación psiquiátrica para abortar (→). 
Pese al nombre de “terapéutico”, ningún aborto es terapia. Y a menudo la “indicación”, alejándose de pretextar salud materna, en algunas “leyes” engloba supuestos eugenésicos y socioeconómicos.
Artimaña para abortar, la “indicación terapéutica” logra fácil aceptación al apelar, usualmente en falso, a grave peligro para la vida o la salud física o psíquica. Pero, problemas que tal vez implicaran supuesto peligro para la vida a la hora del parto, p. ej. cardíacos, comportan igual o mayor peligro para abortar, además de que las graves secuelas físicas postaborto (→), y psicológicas, (→SPA) demuestran que, a diferencia de continuar el embarazo, abortar entraña muchísimo mayor peligro para la salud de la afectada.
Justificaría el aborto un peligro real para la vida materna, pero el mismo es inexistente hoy, puesto que los adelantos médicos y técnicos actuales evitan fatales desenlaces de otrora. Así, p. ej. la tuberculosis, mortal para la embarazada, está erradicada, y la cesárea evita complicaciones en otro tiempo insalvables. Y ni siquiera debe considerarse aborto “terapéutico”, sino operación quirúrgica ordinaria, suprimir la mola hidatiforme (→) o el embarazo ectópico (→), ya que el embrión jamás prosperaría y, en cambio, el peligro mortal de la madre es real, prácticamente el único peligro real hoy, fuera del cual ni siquiera hay actual constancia médica de casos de sacrificar al hijo para salvar a la madre (→Decl. cualif. del Doctor Rodríguez Alarcón). Es más, bajo rígidas garantías de control admvo. para impedir abusos, antaño, las intervenciones ante peligro auténtico para la vida materna se practicaban ya, antes de despenalizar nada, y nunca eran procesados ni el médico ni la madre, al amparo del bioético principio del doble efecto, pues mediaba jurídica inexigibilidad de otra conducta (→Estado de necesidad). Por tanto, abusando de peligros muy residuales, se ha despenalizado lo que nunca estuvo castigado. Y ello con intención de facilitar pretextos y coladeros al Genocidio Abortista.
Las engañosas expresiones del tipo “grave peligro para la salud psíquica” sirven de habilísimo COLADERO (→). La abusiva interpretación de “grave” ha englobado trastornos tan ordinarios como la ansiedad. La voz “peligro” implica un mal venidero. Siempre, toda gestante puede padecer, p. ej., depresión postparto. Y si bien debe prevalecer la máxima jerarquía del supremo Derecho a la Vida del concebido, la criminalidad hace prevalecer riesgos de pretextada depresión, etc. Así la “indicación”, aunque en teoría simula aplicarse a un reducido ámbito justificado, en la práctica sirve de ENCUBIERTO SISTEMA DE ABORTO LIBRE SIN PLAZOS. Basta un breve certificado psicológico que achaque ficticias complicaciones psíquicas. Tal sucedía con la “Ley” Isidoro. Y ahí está el macabro Caso Morín (→) para comprobarlo. Y lo reafirmó un Rey del Aborto, el propio Bernard Nathanson, al afirmar que las razones de “salud” contempladas en la sentencia del Proceso Roe permitían abortar hasta el momento anterior al parto.
Además, muchísimos abortos “terapéuticos” se evitarían mediante acelerar el parto. Por tanto, es aún más criminal matar a niños viables, pues bastaría inducir el parto para salvarles. Y entre escoger la desprotección legal materna y cerrar un genocida COLADERO, cerrémoslo, pues siempre es preferible salvar millones de vidas a costa de la hipótesis residual de sacrificar alguna. →”Indicaciones”. →Confesión del exabortador McArthur Hill (III) / del Exrey del Aborto Bernard Nathanson (VII). →Informes / Declaraciones cualif. sobre aborto “terapéutico” →Beethoven. (1) (7) (8) (9) (10)

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