VAC-UNAS EXPERIMENTALES Y DELITOS (ARGENTINA)
Como son voluntarias negarte a inyectarte NO ES delito.
1.- Si lo es que te amenacen, intimen o coaccionen para inocularte: COACCION art.149 del Código Penal.
2.- Si coacciona un funcionario publico: ABUSO DE AUTORIDAD, art 248 del C.P.
3.- Si en el vac-unatorio no hay un medico que ordene por escrito quien está autorizada para recibir la inyección: EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA, art. 208 del CP
4.- Si no hacen firmar un consentimiento informado de advertencia y no existe un control posterior: ABANDONO DE PERSONA AGRAVADO: art. 106 del CP.
5.- Si como consecuencia de no tomar los recaudos de ley se contagiase una enfermedad peligrosa: DELITO CONTRA LA SALUD PUBLICA: art. 202 del C.P
6.- Si como consecuencia de la inyección se sospecha que una persona fallece por ese motivo y no se ordena la autopsia: INCUMPLIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO: art. 248 del CP y PARTICIPACION PRIMARIA en el delito investigado.
En todos los delitos mencionados debe responder en sede penal en forma individual el autor o participe. Además del proceso penal son responsables por los perjuicios ocasionados con su PATRIMONIO personal.
Julio Razona (abogado)
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