El cigoto, es decir, el ovocito fecundado por un espermatozoide, es ya una persona humana, con un acto de ser, con un cuerpo y con un alma, y por lo tanto, su primer derecho humano es el derecho a vivir
Mostrando entradas con la etiqueta Médicos. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Médicos. Mostrar todas las entradas

jueves, 27 de febrero de 2020

«Los Médicos debemos rechazar ser los ejecutores de la pena de muerte a los bebés indefensos».

Escrito por Redacción R+F
«Es vergonzosa esta degradación de la Profesión Médica impuesta por la Corte Constitucional, pero más vergonzoso es nuestro silencio cuando deberíamos ser los primeros en salir a protestar a las calles contra esta infamia».
18KCOMPARTIR
«






















Si el Derecho no ha sido capaz de proteger la vida, nosotros los médicos –que amamos la profesión– debemos rechazar rotundamente ser los ejecutores de la pena de muerte a los indefensos bebés en el vientre de sus madres»…
«Y a usted, doctor o doctora, que mató a Juan Sebastián en el vientre de madre, ¿no se avergüenza de haber pasado de ser una persona privilegiada, un médico admirado por su familia y por la sociedad, a ser el asesino de un ser indefenso?».
«Es vergonzosa esta degradación de la Profesión Médica impuesta por la Corte Constitucional, pero más vergonzoso es nuestro silencio cuando deberíamos ser los primeros en salir a protestar a las calles contra esta infamia».

¡LA VIDA O LA VIDA!
Dra. Diana Patricia Rojas, Médica de la Universidad Libre de Cali, con 20 años de ejercicio profesional.
(https://www.razonmasfe.com/vida/los-medicos-debemos-rechazar-ser-los-ejecutores-de-la-pena-de-muerte-a-los-bebes-indefensos/?fbclid=IwAR03Hi2drzoA1RnExBd_OjMla8EYNsnQhn6HQfl3kENoa4zBPGGRXLHf1Js) 

sábado, 11 de mayo de 2019

Bebé “revive” tras ser bautizado en unidad de cuidados intensivos

Imagen referencial / Crédito: Unsplash

4 de mayo de 2019

Redacción ACI Prensa

Una publicación en el Facebook del Instituto de la Vida y la Familia titulada “Fui testigo de un milagro” viralizó el testimonio de una médica que bautizó a un bebé que ya había sido declarado fallecido, pero que poco después recobró sus signos vitales.
El caso ocurrió el 22 de marzo en una unidad de cuidados intensivos (UCI) neonatal de Jundiaí, en Sao Paulo, Brasil.
En una entrevista con ACI Digital -agencia en portugués del Grupo ACI-, la cirujana pediatra que realizó el bautismo explicó que prefiere permanecer en el anonimato. 
“Nunca fue mi interés que yo apareciera en la historia, porque el milagro es el que debía ser contado y Dios es quien tiene que ser glorificado y no las personas”, dijo, y agregó que su decisión tiene que ver con el cumplimiento de la confidencialidad médica.
En su testimonio, la profesional recuerda que se encontraba almorzando cuando recibió la información de “un bebé de dos días nacido que estaba en la UCI neonatal con neumotórax (cuando se genera un ‘agujero’ en el pulmón, se impide su expansión y dificulta la respiración).
“Era necesario hacer una intervención quirúrgica llamada drenaje torácico (procedimiento en que se coloca una ‘manguera’ en el tórax para que el aire salga y deje de comprimir el pulmón)”, relata. Luego, solicitó que separaran los materiales necesarios para el procedimiento y orientó a un pediatra a realizar la punción del tórax para sacar al bebé de la situación de emergencia y disminuir el riesgo inminente de muerte.
La médica dijo que 15 minutos después recibió una llamada “informando que el bebé padeció un paro cardíaco y no resistió”. Al llegar al hospital, 10 minutos después, encontró “biombos alrededor del lecho del bebé”.
El personal médico rodeó la incubadora y se realizó el electrocardiograma para constatar el deceso. El bebé todavía estaba entubado y acoplado al ventilador, pero su oxigenación era mínima y ya no tenía latidos del corazón. Estaba muy hinchado y la piel tenía una coloración oscura más intensa en los labios. No tenía ningún movimiento ni reflejos”, recuerda.
Además, “el equipo médico había realizado la punción torácica y las maniobras de reanimación por más de 20 minutos, sin éxito. Los padres ya temían lo peor”.
Fue cuando uno de los médicos que acompañaba el caso le dijo que ya no había nada que hacer. Pero, la cirujana cuenta que “incluso con el deceso constatado” decidió “realizar el drenaje torácico de cualquier forma”.
En aquel momento la cirujana pediátrica pensó en realizar el bautismo. Sin embargo, reveló a ACI Digital que se “quedó en duda”.
“Sabía que el rito del bautismo debe ser hecho en el paciente que está vivo y yo me quedé sin saber si se podía bautizar o no. En ese momento sentí que necesitaba bautizar a ese bebé”, narró.
Fue entonces cuando, después del procedimiento, bautizó al bebé y lo consagró a la Virgen María y al Padre Pío.
“En mi corazón dijo al Señor: Señor, tú eres el Dios de la vida y la vida te pertenece. Si estás en tu voluntad, salva a este bebé”, cuenta en su testimonio.
“Permanecí pocos minutos al lado del bebé para volver a colocarlo en la incubadora mientras el equipo de enfermería organizaba todo para que los padres pudieran ver a su hijo por última vez. Fue entonces que percibí que el bebé se había vuelto rosado de nuevo y pedí que revisaran sus latidos del corazón. Pero la respuesta fue la misma: el corazón continuaba sin golpear”.
Hasta que, minutos después, “oímos el ruido en el monitor indicando el retorno de los latidos del corazón”. “Llegamos a pensar que las drogas utilizadas durante la reanimación pudieron haber provocado el retorno temporal de los latidos, como en muchas situaciones ya habíamos presenciado, pero que cesaban después de algún tiempo confirmando el deceso”.
“Sin embargo, esta vez era diferente. En vez de golpear pocas veces y parar definitivamente, ese corazón empezó a golpearse cada vez más fuerte y en una frecuencia que alcanzó la frecuencia normal para asombro de todo el equipo. Oí a muchos exclamar diciendo que sólo podía ser un milagro. Todos estaban visiblemente emocionados y un médico llegó a decir: ‘¡Dios mío, nosotros íbamos a apagar los aparatos!’”, recordó la cirujana pediatra.
Cuando la publicación fue publicada en Facebook el 7 de abril, la médica concluyó su texto afirmando: “Esto me sucedió y este bebé está vivo hasta hoy. ¡Bendito sea Dios por permitirnos presenciar tan gran milagro!”.
Sin embargo, en entrevista con ACI Digital, contó que, “desafortunadamente, el bebé se quedó vivo por unos quince días y luego murió, porque tenía una malformación cardíaca muy grave”.
Reafirmar en la fe
La cirujana pediatra, de 35 años, contó que esta experiencia fue también un modo de reafirmar su fe. 
“Yo vengo de un camino de 11 años desde que tuve mi primer encuentro con Dios. Yo no era un médico que rezaba o que me importara eso. En realidad, ni siquiera creía en milagros”, aseguró.
La médica hoy forma parte de una comunidad católica y es miembro del Instituto Familia y Vida, el cual “comenzó el año pasado, con el propósito de hacer esa lucha provida, de orientar a las mujeres que piensan en abortar, también sobre el uso de anticonceptivos, del DIU, etc.
Asimismo, contó que fue una monja quien le enseñó “a hacer los bautismos en la UCI”, pues, como cirujana pediatra, atiende “muchos niños graves” desde hace cinco años.
Según el numeral 1256 del Catecismo, “en caso de necesidad, cualquier persona, incluso no bautizada, puede bautizar si tiene la intención requerida y utiliza la fórmula bautismal trinitaria. La intención requerida consiste en querer hacer lo que hace la Iglesia al bautizar. La Iglesia ve la razón de esta posibilidad en la voluntad salvífica universal de Dios y en la necesidad del Bautismo para la salvación”.
Por último, la cirujana contó que, en diciembre y enero, visitó San Giovanni Rotondo, en Italia, donde consagró su vida profesional a San Padre Pío.
Traducido y adaptado por Diego López Marina. Publicado originalmente en ACI Digital.

martes, 28 de agosto de 2018

Denunciaron a los médicos que hicieron un aborto a nena discapacitada violada

Lunes, 27 de Agosto de 2018 17:42




Los médicos que practicaron un aborto a una adolescente de 14 años con discapacidad que había sido violada en la localidad sanjuanina de Médano de Oro, fueron denunciados este lunes ante la justicia por Federico Bazán y Paola Miers, colegas del mismo hospital donde se contrató la intervención.


La interrupción del embarazo de la joven se practicó este domingo y fue el primer caso legal en la provincia, en medio de los incidentes con grupos antiabortistas que intentaron impedir el paso de la camilla.



Por la violación de la chica, se encuentra detenido Marcelo Villalobo, principal sospechoso del aberrante hecho. 



El aborto se le practicó en el hospital Guillermo Rawson, en cumplimiento del segundo inciso del artículo 86 del Código Penal que sostiene: "Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto".



Para efectuar la operación, las autoridades provinciales finiquitaron los detalles para conservar las pruebas tendientes a determinar el responsable de la violación, además de cuidar los detalles para preservar la operación de la polémica suscitada en la provincia.





lunes, 30 de julio de 2018

Médicos recitan juramento que rechaza el aborto frente al Congreso de Argentina

Chaquetazo nacional, médicos en Tucuman / Foto: Unidad Provida



POR GISELLE VARGAS | ACI Prensa

30 de julio de 2018

Médicos argentinos recitaron el juramento hipocrático y colgaron sus delantales blancos en el exterior del Congreso de la Nación Argentina el 29 de julio, manifestando su rechazo al proyecto de ley del aborto que será votado por el Senado el 8 de agosto.
Al igual que el “chaquetazo por las dos vidas” realizado el 15 de julio frente a la casa de gobierno, los médicos colgaron sus delantales blancos y recitaron el juramento hipocrático, renovando así el compromiso que reconoce el respeto por la vida humana desde el momento de la concepción.
 
La actividad fue realizada también por los médicos de Tucumán, Córdoba, Mendoza, Santiago del Estero, Catamarca, Formosa, Paraná, Reconquistas, entre otros.
En esos lugares también se realizaron talleres y shows artísticos para que la ciudadanía tome conciencia  del daño del aborto en la mujer y defienda la vida del bebé por nacer y su madre.
El proyecto de legalización del aborto permitiría el aborto libre hasta la semana 14 de gestación; y hasta los nueve meses de embarazo bajo las causales de violación, riesgo de vida y salud de la madre e inviabilidad fetal.
El documento propone un registro nacional para médicos objetores y prohibiría la objeción de conciencia institucional, obligando a los establecimientos de salud a realizar abortos si se exige como “atención médica inmediata”.
Cabe recordar que el 26 de julio las agrupaciones Médicos y Abogados por la Vida entregaron 30 mil firmas al Senado en rechazo del proyecto de legalización del aborto.

Otras manifestaciones

Como semanas atrás, la ciudadanía y agrupaciones provida se manifestarán este 30 de julio a las 7:00 p.m. (hora local) en la residencia presidencial, conocida como “Quinta presidencial de Olivos”.
Allí la multitud exigirá al presidente de Argentina, Mauricio Macri, que se “abstenga de intervenir, por medio de sus ministros, en el debate abierto del aborto”.
Asimismo, el país se organiza para participar en una nueva Marcha por la Vida el próximo 5 de agosto.
(https://www.aciprensa.com/noticias/medicos-recitan-juramento-que-rechaza-el-aborto-frente-al-congreso-de-argentina-66095)

sábado, 2 de diciembre de 2017

Abominable: el nuevo juramento hipocrático de los médicos abre la puerta al aborto

Médico abortista
Los médicos podrían quedar con las manos atadas en la defensa del niño por nacer, según el nuevo juramento hipocrático.
La Asociación Médica Mundial ha revisado el juramento hipocrático que ahora promete -ya no jura- proteger la vida humana, sin mención a que la vida empieza en la concepción.

Hay cambios que son muy significativos por pequeños que parezcan. Gestos que en apariencia no suponen más que una pequeña modificación pero que vienen a ilustrar el gran cambio que ha sufrido una sociedad. Y uno de esos ‘pequeños’ gestos ha tenido lugar en uno de los juramentos más importantes del hombre.
Se trata de la revisión que la Asociación Médica Mundial ha hecho del juramento hipocrático, el cual dejará de ser un juramento para pasar a ser una promesa. En concordancia con el mensaje de la ONU y diversas ONG, a partir de ahora un médico dejará de jurar “respetar la vida desde la concepción” para jurar “respetar la vida”.

El juramento hipocrático actual se creó en 1948, después de conocerse los horrores que muchos médicos alemanes y algunos japoneses, realizaron durante la II Guerra Mundial. Ahora la promesa redactada constituye un intento honorable de afirmar que los médicos tienen deberes con sus pacientes y con la sociedad, pero ha caído en los postulados ‘buenistas’ que se promueven desde la ONU.
¿Significa que se abre la puerta a que peticiones como la eutanasia estén por encima de su derecho de objeción de conciencia?
Otro cambio importante es el énfasis puesto en la autonomía del paciente. Se ha insertado una cláusula en la versión de 2017 que dice “Respetaré la autonomía y la dignidad de mi paciente”. ¿Significa esto que la Agencia abre la puerta para que las peticiones de los pacientes (desde cambios de género a la eutanasia) estén por encima de su derecho de objeción de conciencia?
También se ha sustituido la referencia a las “leyes de la humanidad” por los “derechos humanos y las libertades civiles”. En otras palabras, se cambia el sentido espiritual del hombre, las leyes del bien y del mal, por la legislación y el consenso político del momento, como recoge Mercatornet.
Este es el texto completo de la versión de 2017:
“Como miembro de la profesión médica:
Prometo solemnemente dedicar mi vida al servicio de la humanidad;
Velar ante todo por la salud y el bienestar de mi paciente;
Respetar la autonomía y la dignidad de mi paciente;
Tener el máximo respeto por la vida humana;
No permitir que consideraciones de edad, enfermedad o incapacidad, credo, origen étnico, sexo, nacionalidad, afiliación política, raza, orientación sexual, clase social o cualquier otro factor se interpongan entre mis deberes y mi paciente;
Respetar los secretos confiados a mí, incluso después del fallecimiento del paciente;
Ejercer mi profesión a conciencia y dignamente y conforme a la buena práctica médica;
Promover el honor y las nobles tradiciones de la profesión médica;
Dar a mis maestros, colegas y estudiantes el respeto y la gratitud que merecen;
Compartir mis conocimientos médicos en beneficio del paciente y el avance de la salud;
Cuidar mi propia salud, bienestar y capacidades para prestar atención médica del más alto nivel;
No usar mis conocimientos médicos para violar los derechos humanos y las libertades ciudadanas, incluso bajo amenaza;
Hago estas promesas solemne y libremente, bajo mi palabra de honor”.
(https://www.actuall.com/vida/el-nuevo-juramento-hipocratico-de-los-medicos-abre-la-puerta-al-aborto/)

jueves, 9 de noviembre de 2017

El Reino del revés: dos médicos a juicio por intentar salvar la vida de una persona por nacer

Los fiscales Rita Lucía y Santiago Márquez Gauna acusaron formalmente a dos médicos cipoleños.
Los fiscales Rita Lucía y Santiago Márquez Gauna, en la innoble tarea de acusar a los médicos por hacer lo que debían hacer, intentar salvar la vida de un niño por nacer. Increíble.

 - 

Dos médicos serán juzgados por negarse a realizar un aborto

Fue en el hospital de Cipolletti. La Fiscalía imputó a dos médicos del hospital por incumplir la ley.

Dos médicos del hospital Pedro Moguillansky fueron imputados por los fiscales Rita Lucía y Santiago Márquez Gauna por incumplimiento de los deberes de funcionario público. Están acusados de negarse a cumplir la ley que prevé el aborto no punible. La defensa solicitó el sobreseimiento de los acusados, pero el planteo fue rechazado por la jueza de Garantías, Sonia Martín.
Los representantes del Ministerio Público Fiscal sostuvieron que el 2 de abril una mujer que cursaba un embarazo no deseado -producto de un delito contra la integridad sexual- ingresó al centro de salud público con una derivación del hospital de Fernández Oro.
La paciente le aseguró al profesional que la atendió en la guardia que tenía intenciones de interrumpir el embarazo en curso y por eso había tomado pastillas para inducir un aborto. Pero el médico lo habría impedido mediante la aplicación de medicamentos cuya función se centra en inhibir las contracciones que la mujer estaba teniendo, incumpliendo la ley provincial y la nacional que surgió luego de la experiencia rionegrina.
La segunda parte del hecho imputado explica que el responsable de la guardia, teniendo conocimiento del deseo de la mujer, no realizó las acciones tendientes a la producción del aborto.
La fiscalía también afirmó que la mujer habría llenado la declaración jurada prevista para los casos en los que la mujer fue abusada, que garantiza la realización de la práctica y la legalidad de la actuación del médico.
A la segunda médica imputada se le atribuye que al hacerse cargo de la guardia y tras ser informada por la paciente de la decisión de practicarse un aborto, no realizó ninguna acción médica, violando así las reglamentaciones vigentes.
Además de la historia clínica, los fiscales se apoyaron en casi una decena de testimonios de profesionales de los hospitales de Fernández Oro y de Cipolletti.
Qué dice la ley de aborto
Casos no punibles
Según la ley provincial, se puede interrumpir un embarazo si hay riesgo para la salud integral de la mujer o si el embarazo fue producto de una violación.
Médicos
Los médicos sólo pueden negarse a actuar si antes se inscribieron en el registro de objeción de conciencia. Pero no pueden evitar el procedimiento: debe efectuarlo otro profesional.
(https://www.lmneuquen.com/dos-medicos-seran-juzgados-negarse-realizar-un-aborto-n570368)

domingo, 23 de agosto de 2015

Objeción de conciencia: ginecólogos de Uruguay ganan juicio al gobierno y podrán oponerse a realizar abortos


Todo profesional médico o técnico podrá hacer valer su derecho a la objeción de conciencia en cualquier momento del proceso que termina con un aborto.
(ArgentinosAlerta.org) El gobierno de Uruguay perdió un juicio ante un grupo de unos 100 ginecólogos que presentó hace dos años un recurso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) para impugnar 11 de los 42 artículos del decreto que reglamentó la ley de "interrupción voluntaria del embarazo".
En forma unánime Tribunal de lo Contencioso Administrativo falló (sentencia 586/2015) a favor de 100 ginecólogos que presentaron un recurso para impugnar 11 de los 42 artículos de la ley que reglamenta la "interrupción del embarazo". En el escrito, los integrantes del TCA fallaron a favor de anular siete de los once artículos que los médicos rechazaban. Los médicos sostenían que el decreto restringía "ilegítimamente el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia del personal de salud".
A partir de ahora, cualquier ginecólogo (y no sólo los que presentaron el recurso) podrá ejercer su legítimo derecho a la objeción de conciencia y abstenerse de participar en cualquiera de los pasos del procedimiento para realizarse un aborto.
En el decreto original, los médicos objetores de conciencia solo podían manifestarse contrarios a practicar un aborto al momento mismo de realizar la práctica (legrado o recetar el medicamento para abortar). Además estaban obligados a participar de la primera consulta de la mujer con un equipo interdisciplinario y a firmar el "formulario de interrupción voluntaria del embarazo". El TCA sostiene que "quien firma este formulario está participando activa y directamente en el proceso de interrupción del embarazo, a lo cual no permite objetar, sino que se obliga a intervenir".
Washington Lauría, uno de los ginecólogos que promovió la acción ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, dijo que el fallo se recibió con satisfacción. Sostuvo que esta nueva instancia es mejor aún que la primera ya que hace extensivo el derecho a la objeción de conciencia del total del cuerpo médico y no como en la primera instancia en donde solo amparaba a los demandantes. Lauría indicó a a la radio 810 Vivo que si bien en un principio estaban en desacuerdo con la manifestación de la voluntad por escrito, no tienen problema en aceptar el requisito que ahora plantea el Ministerio de Salud Pública.
Para Gianni Gutiérrez y Agustín Amonte, abogados de los médicos, "la sentencia del TCA es contundente en la defensa de la libertad y del ejercicio de la profesión médica" porque permite que la objeción se practique "en su máxima expresión".
Uno de los artículos que se había suspendido de manera provisoria a partir de un fallo preliminar de octubre del año pasado era el relativo a presentar la objeción de conciencia por escrito en todas las instituciones en las que los médicos trabajaran. Finalmente, los especialistas deberán continuar con esa práctica, ya que el TCA desestimó anular el artículo. El fallo no suspendió el artículo 30 que establece que “queda excluido del derecho de objetar de conciencia el personal administrativo, operativo y demás personal que no tenga intervención directa en el acto médico respectivo”, por entender que quienes solicitaron la suspensión “no se encuentran legitimados” para solicitarla.
Artículos eliminados
El fallo asegura que se hace lugar "parcialmente a la demanda y, en su mérito, anulando, con efectos generales y absolutos, las siguientes normas del decreto 375/012, del 22 de noviembre de 2012: a) inciso segundo del artículo séptimo; b) incisos primero, segundo y tercero del artículo octavo; c) último inciso del artículo decimosegundo; d) el inciso segundo del literal b) del artículo decimotercero; e) artículo decimosexto; f) el inciso primero del artículo vigesimoctavo; y, g) el inciso primero del artículo vigesimonoveno, desestimando la demanda respecto de los artículos 30, 31, 32 y 35 del precitado decreto". 
El artículo 12 establecía que la intervención del equipo será el asesoramiento en temas técnicos con encare de disminución de riesgo y daño, sin la imposición, por parte del equipo, de las convicciones filosóficas o personales de sus integrantes, por lo que deberían abstenerse de todo juicio de valor sobre la decisión que pueda adoptar la solicitante y de revisar el motivo de dicha decisión ya explicitado en la primer consulta.
Se eliminó el artículo 28 que limitaba la objeción de conciencia al acto propio del aborto y no al antes y después; y los artículos 29 y 30 que limitaban la objeción de conciencia al personal técnico médico, excluyendo el personal administrativo de enfermería y obligaban a derivar la paciente asegurando la continuidad asistencial.
La noticia en los medios uruguayos