El cigoto, es decir, el ovocito fecundado por un espermatozoide, es ya una persona humana, con un acto de ser, con un cuerpo y con un alma, y por lo tanto, su primer derecho humano es el derecho a vivir

viernes, 11 de diciembre de 2020

Carta abierta al Presidente: el aborto es pecado mortal

 


El Presidente Alberto Fernández, con el grupo abortista auto-identificado por los pañuelos verdes.


Carta abierta al Presidente: el aborto es pecado mortal

         Sr. Presidente de la Nación Argentina Dr. Alberto Fernández.

         Me veo en la obligación, como sacerdote católico –iglesia a la cual Usted se declara perteneciente-, responder a sus declaraciones, acerca de que “el aborto no es pecado”[1]. Antes de continuar, debo hacer una precisión: usted dice que “es un católico que cree que el aborto no es pecado”. Estas afirmaciones suyas están en un todo erradas: que el aborto sea o no sea pecado, no es una cuestión de “creencia” personal, es decir, que el aborto sea o no sea pecado no depende del criterio subjetivo de la persona –“yo creo, yo no creo”-: es un pecado y pecado mortal[2], independientemente de si la persona lo cree o no.

¿Por qué es pecado?

Porque el niño concebido en el vientre de la madre es un ser humano, según lo afirma la Academia Nacional de Medicina[3], entre muchísimos otras instituciones de primer nivel científico. Es decir, afirmar que el embrión o el cigoto fecundado no es un ser humano –con genoma distinto al de la madre y al del padre-, o afirmar que es un “fenómeno”[4], según una anti-científica definición tristemente célebre- es retroceder a la Edad Antigua o a la Edad de Piedra, edades en las que no existían los modernos avances tecnológicos y científicos del siglo XXI, que permiten afirmar, sin ninguna duda razonable, que hay un nuevo ser humano desde el momento en que el espermatozoide toma contacto con el cigoto e inicia el proceso de fecundación. Si esto es así, eliminar a un ser humano de forma arbitraria e intencional, es decir, quitarle voluntariamente la vida –aun cuando se encuentre en gestación- se convierte en un delito que se llama “homicidio”[5]. La única diferencia con el infanticidio es que en el infanticidio el niño ya nació; en el aborto, el infanticidio es, podemos decir así, “intrauterino”, pero no deja de ser un infanticidio. Por esta razón, porque es un infanticidio intrauterino –aun cuando el niño recién concebido tenga las dimensiones de una célula, como es el cigoto fecundado-, es que el aborto es pecado y pecado mortal.

La presencia de vida humana nueva, distinta a la de la madre y del padre, en el cigoto fecundado, no es una cuestión de creencias religiosas, sino de definiciones científicas. Y esto usted lo debería saber, ya que se ufana de que su gobierno es “gobierno de científicos” y si no lo sabe, sus asesores deberían habérselo hecho saber.

Lo que SÍ es competencia de la religión –en este caso concreto, la religión católica, a la que usted y yo pertenecemos- es la decisión que se tome sobre la vida de ese niño por nacer, sea en el estado de cigoto fecundado o en el estado de noveno mes intrauterino, porque el católico tiene la OBLIGACIÓN moral y espiritual de custodiar la vida por nacer, como así también la de la madre gestante. Y si el católico decide, voluntariamente, provocar el aborto de ese cigoto fecundado o de ese niño de nueve meses intrauterino, comete un pecado mortal. Y esto sí es competencia de la Iglesia Católica, la Única que posee la facultad de perdonar los pecados, en virtud de la potestad delegada por el Sumo y Eterno Sacerdote Jesucristo, a través del Sacramento de la Penitencia.

Señor Presidente, el aborto es un pecado y un pecado mortal y el que lo comete a sabiendas y no se arrepiente de ello, arriesga su vida eterna. No arriesgue la suya.

En Cristo y María Santísima. 

P. Álvaro Sánchez Rueda.

Matr. Prof. 3425

D.N.I. 17.615.228



[2]              CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA: “1857 Para que un pecado sea mortal se requieren tres condiciones: “Es pecado mortal lo que tiene como objeto una materia grave y que, además, es cometido con pleno conocimiento y deliberado consentimiento”; cfr. http://www.vatican.va/archive/catechism_sp/p3s1c1a8_sp.html

[3] “La Academia Nacional de Medicina considera: Que el niño por nacer, científica y biológicamente, es un ser humano cuya existencia comienza al momento de su concepción por lo que, desde el punto de vista jurídico, es un sujeto de derecho como lo reconocen la Constitución Nacional, los tratados internacionales anexos y los distintos códigos nacionales y provinciales de nuestro país.

Que destruir a un embrión humano significa impedir el nacimiento de un ser humano.

Que el pensamiento médico a partir de la ética hipocrática ha defendido la vida humana como condición inalienable desde la concepción. Por lo que la Academia Nacional de Medicina hace un llamado a todos los médicos del país a mantener la fidelidad a la que un día se comprometieron bajo juramento.

Que el derecho a la "objeción de conciencia" implica no ser obligado a realizar acciones que contrarían convicciones éticas o religiosas del individuo (Art. 14 – 19 y cc.s de la Constitución Nacional).

Aprobada por el Plenario Académico el 30 de septiembre de 2010”; cfr. https://www.acamedbai.org.ar/declaraciones/03.php

[5] CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA: “2261 La Escritura precisa lo que el quinto mandamiento prohíbe: “No quites la vida del inocente y justo” (Ex 23, 7). El homicidio voluntario de un inocente es gravemente contrario a la dignidad del ser humano, a la regla de oro y a la santidad del Creador. La ley que lo proscribe posee una validez universal: obliga a todos y a cada uno, siempre y en todas partes”; cfr. http://www.vatican.va/archive/catechism_sp/p3s2c2a5_sp.html   

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