El cigoto, es decir, el ovocito fecundado por un espermatozoide, es ya una persona humana, con un acto de ser, con un cuerpo y con un alma, y por lo tanto, su primer derecho humano es el derecho a vivir

miércoles, 24 de octubre de 2012

Todo vale para la cultura de la muerte: congela sus óvulos 12 años, elimina a cinco embriones y luego es madre de mellizas

 

Aunque la cultura de la muerte pretenda presentar el caso como un "logro" o un "avance", no deja de constituir una muestra más de cómo la ciencia sin ética se convierte en una ciencia deshumanizada, que atenta contra el mismo ser humano. 

La FIV es en sí misma cruel, pues supone eliminar embriones no aptos y congelar a los "medianamente aptos", para implantar -uno o dos, como máximo-, a los "embriones viables". 

En este caso, de un total de 7 (siete) óvulos fecundados -es decir, de siete embriones vivos-, se descartaron/elminaron 5 (cinco), mientras que quedaron/sobrevivieron 2 (dos).

La verdadera noticia entonces no es que la "feliz mamá" tuvo dos mellizas gracias a que congeló sus óvulos por doce años, sino que, por recurrir a una ciencia sin conciencia y sin ética, de los siete niños concebidos fuera del acto de amor esponsal, murieron cinco de ellos.

No se puede manipular la vida de los seres humanos, como si estos fueran títeres puestos a disposición de nuestros deseos; no se pueden eliminar cinco embriones/niños para satisfacer el deseo de tener hijos. Presentamos el caso, tal como lo publicaron los medios digitales, para mostrar una vez más el "triunfo" de una ciencia sin ética, sin principios, sin fines, sin valores, sin sentido.

La mujer de 45 años fue sometida a un tratamiento de fertilización asistida con óvulos de ella misma que había criopreservado en 1999. El caso argentino marca un récord mundial por ser el período más largo de almacenamiento de gametos femeninos seguido de nacimiento vivo

Una mujer de 45 es la orgullosa mamá de mellizas que fueron concebidas a través de una técnica de fertilización asistida que utilizó óvulos de la propia mujer que habían sido extraídos 12 años antes.
El caso marca un récord mundial en el período más largo de almacenamiento de gametos femeninos seguido de nacimiento vivo. Esta noticia, que se difunde luego de su publicación en una reconocida revista científica, reafirma la importancia de preservar la fertilidad.
En 1999, la mujer -con 33 años- había sido tratada por su infertilidad, y al no conseguirse el embarazo, se criopreservaron 15 óvulos por una técnica novedosa en ese entonces que utilizaba colina en reemplazo del sodio para congelar, creada por el doctor Carlos Quintans del laboratorio de Halitus Instituto Médico.  Finalmente, en 2011, se fecundaron 7 de los óvulos y resultaron en la transferencia de 2 embriones. Este último procedimiento dio lugar al feliz nacimiento de las mellizas en enero 2012 que gozan de perfecto estado de salud.
La técnica de preservación de óvulos en frío, ya sea por criopreservación lenta o vitrificación de óvulos, demostró una vez más su eficacia. Se recurre a ella no sólo para los casos de tratamiento de la infertilidad sino que en modo creciente como una herramienta de prevención. Es una aliada valiosa cuando se la aplica a los casos en los que la mujer va a someterse a tratamientos que potencialmente podrían afectar negativamente sus ovarios – como  tratamiento del cáncer- o para aquellas mujeres jóvenes que por distintas circunstancias van a postergar la maternidad. En este caso pueden anticiparse a los efectos negativos de la edad sobre la reserva ovárica y la calidad de los óvulos, criopreservándolos a una edad  favorable como un reaseguro contra dichos efectos.
Nuestro interés está sustentado en años de experiencia e investigación sobre el tema, fuimos los primeros en el mundo en introducir el uso de la colina en reemplazo del sodio en el medio de cultivo para la criopreservación de óvulos. Esa innovación, que fue motivo de una publicación de nuestro equipo en la revista Human Reproduction ya en el año 2002, reveló que ciertas modificaciones en el medio en donde se criopreservan los óvulos mejora notablemente resistencia al proceso de congelación y posterior descongelamiento. Hoy este aporte es visto como un punto de inflexión en los avances de la técnica.
Durante muchos años se pensó que la preservación en frío permitiría  mantener la viabilidad de los óvulos durante largo tiempo. Hoy resulta tranquilizador saber por experiencias prácticas que efectivamente esto es así, y no sólo por permitir recuperar el material genético en la forma en que se congeló, sino porque además da lugar a nacimientos de bebés sanos y libres de problemas.

lunes, 22 de octubre de 2012

«Mujeres que habéis recurrido al aborto»





“Una reflexión especial quisiera tener para vosotras, mujeres que habéis recurrido al aborto. La Iglesia sabe cuántos condicionamientos pueden haber influido en vuestra decisión, y no duda de que en muchos casos se ha tratado de una decisión dolorosa e incluso dramática. Probablemente la herida aún no ha cicatrizado en vuestro interior.
Es verdad que lo sucedido fue y sigue siendo profundamente injusto. Sin embargo, no os dejéis vencer por el desánimo y no abandonéis la esperanza. Antes bien, comprended lo ocurrido e interpretadlo en su verdad. Si aún no lo habéis hecho, abríos con humildad y confianza al arrepentimiento: el Padre de toda misericordia os espera para ofreceros su perdón y su paz en el sacramento de la Reconciliación. 
Podéis confiar con esperanza a vuestro hijo a este mismo Padre y a su misericordia. Ayudadas por el consejo y la cercanía de personas amigas y competentes, podréis estar con vuestro doloroso testimonio entre los defensores más elocuentes del derecho de todos a la vida.
Por medio de vuestro compromiso por la vida, coronado eventualmente con el nacimiento de nuevas criaturas y expresado con la acogida y la atención hacia quien está más necesitado de cercanía, seréis artífices de un nuevo modo de mirar la vida del hombre”.
Palabras del beato Juan Pablo II en la encíclica Evangelium Vitae.
(artículo extraído de: eligelavidanet.blogspot.com)

La increíble ceguera de los legisladores abortistas


Cuando se ven imágenes como esta, surgen diversas preguntas dirigidas a los "señores" legisladores favorables al aborto, mucho más si estos son católicos: 

-¿No les preocupa el hecho de estar aprobando la muerte de un ser humano? 
-¿No son ustedes acaso padres y madres, y no podría ser este un hijo vuestro? 
-¿Estarían Uds. vivos si al momento de tener que nacer Uds., se hubieran encontrado con "legisladores" tan crueles como Uds. mismos? 
-¿No se conmueven en sus entrañas al ver una muerte tan trágica? 
-¿No pueden ver que este niño, al que Uds. condenaron con sus inicuas leyes, tenía derecho a vivir? 
-¿No se arrepienten por legislar a favor de la muerte?
-¿No sienten vergüenza al comprobar su absoluta ignorancia acerca del más elemental derecho del hombre, el derecho a la vida?
-¿No tienen amor a la vida?
-¿Por qué se empeñan en destruir a seres humanos inocentes?
-¿Son conscientes de que exhalan muerte por donde quiera que vayan?
-¿Por qué no se convierten?
-¿No les parece infinitamente más hermosa la vida que florece en los niños no nacidos, que la muerte cruel a la que Uds. los condenan?
-¿Por qué no renuncian a sus bancas de legisladores, si no son capaces de tutelar el derecho humano más elemental, el derecho a vivir?
-¿Por qué se creen dueños de las vidas de los demás?
-¿Pueden seguir convencidos de la "bondad" de sus políticas "progresistas y liberales", luego de ver esta foto?
-¿Por qué son tan increíblemente ciegos para ver la vida y el bien que se encuentran en los niños por nacer?
-¿No tienen temor de Dios?
-¿No temen al juicio particular?
-¿No temen la condena eterna?

Quedamos a la espera de la respuesta de "sus señorías..."





jueves, 11 de octubre de 2012

Corte Suprema de Justicia ordena ejecución de niño por nacer



Si queremos llamar a las cosas por su nombre, éste debería ser el título de la triste noticia: "Corte Suprema de la Nación Argentina orden ejecutar a niño por nacer". 

Todavía más, debería denunciarse a la Corte Suprema de la Nación por abuso de poder,  extralimitación de funciones, atropello a la vida, violación de los Derechos del Niño, violación de la Constitución Nacional, y muchos otros cargos más.

¿Desde cuándo los jueces pueden autorizar la muerte de un niño? Esto es conculcación del derecho natural y desconocimiento supino de los verdaderos derechos del hombre, que comienzan con el más elemental y básico, el derecho a vivir.

Transcribimos la triste noticia, tal como apareció en algunos sitios digitales, al tiempo que pedimos oraciones por el alma del niño que ha sido ya condenado a muerte, y por sus ejecutores.
11-10-12

La Corte Suprema ordenó 

que se practique 

el aborto no punible



El tribunal suspendió la ejecución de una medida cautelar dictada por una jueza civil ehizo saber a las autoridades de la Ciudad que no existen obstáculos que surjan de decisión judicial alguna que impidan llevar a cabo la práctica solicitada por la interesadaseñaló el Centro de Información Judicial
La Corte Suprema ordenó que se practique el aborto no punible
Crédito foto: DyN
El máximo tribunal de Justicia del país dispuso esta noche que el gobierno porteño practique un aborto no punible a una mujer de 32 años que había sido suspendido por medida cautelar solicitada por una ONG. 
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este jueves suspender la ejecución de una medida cautelar dictada por la Justicia Nacional en lo Civil y, en consecuencia, hizo saber a las autoridades de la Ciudad de Buenos Aires que ante el pedido de realizar el aborto no punible de que se trata deberán proceder a la realización de la práctica prescindiendo de la resolución judicial que suspendió su ejecución.
En su resolución, el máximo tribunal (con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti,Elena Highton de NolascoCarlos FaytJuan Carlos MaquedaRaúl Zaffaroni yCarmen Argibay) señaló que “frente a lo decidido por esta Corte sobre la base de la interpretación de textos constitucionales e infraconstitucionales en la sentencia dictada en la causa F. 259.XLVI ‘F.A.L. s/ medida autosatisfactiva’, sentencia del 13 de marzo de 2012 (voto de la mayoría), la medida que se adoptará es la demostración más concluyente del modo en que ha de realizarse por los poderes judiciales de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la exhortación dada por el Tribunal para que se abstengan de judicializar el acceso a los abortos no punibles”.
La Corte tomó intervención en el caso a raíz de un conflicto de competencia nacido como consecuencia de las presentaciones sucesivamente realizadas, y con resultados contradictorios, por la Asociación Civil para la Promoción y Defensa de la Vida (Pro Familia) primero ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires y luego, tras el rechazo a su pretensión por resolución del pasado 5 de octubre, ante la Justicia Nacional en lo Civil, en donde obtuvo resolución favorable el 9 de octubre último.
Como es habitual, en toda cuestión de consecuencia, antes de pronunciarse con carácter definitivo, la Corte remitió las actuaciones a la Procuración General de la Nación.
El caso
El gobierno de la Ciudad había dispuesto la realización del primer aborto no punible bajo la reglamentación firmada por el ex ministro Jorge Lemus. La cirujía estaba prevista para el pasado martes, en el Hospital Ramos Mejía. Sin embargo, una jueza dispuso una medida cautelar que suspendió la intervención a minutos de su inicio. 
La decisión judicial fue rápidamente apelada por el gobierno de la Ciudad y por la joven que iba a ser sometida a la cirugía, cuya identidad se mantiene en reserva aunque se sabe que fue víctima de una red de trata de personas. 
Mientras se sustanciaban las apelaciones en sede civil, la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires había elevado el tema a la Corte para que resuelva qué tribunal era competente en el tema, lo que originó esta sentencia en menos de 24 horas. 
En su resolución, la Corte ordenó al gobierno porteño que proceda a realizar "la práctica con prescindencia de la resolución judicial que suspendió su realización".