El cigoto, es decir, el ovocito fecundado por un espermatozoide, es ya una persona humana, con un acto de ser, con un cuerpo y con un alma, y por lo tanto, su primer derecho humano es el derecho a vivir

jueves, 15 de septiembre de 2011

Por qué es ilícita la Fecundación in Vitro (o mejor dicho, “Embrionicidio”)



Cuando se habla de la FIV, no se puede recurrir a argumentos afectivos, tales como: “Quiero un hijo”, o “La Iglesia debería actualizarse y aceptar los avances de la ciencia, para que aquellos que no pueden tener un hijo naturalmente, dejen de sufrir”.

Aún cuando el deseo de un hijo sea absolutamente lícito, no es determinante a la hora de establecer la licitud moral de la FIV, y en el caso del argumento contra la Iglesia, la respuesta es que la Iglesia no se opone “porque sí”, de modo irracional, sino que tiene razones bien fundamentadas, y la primera de todas es que, por encima del deseo de los padres de tener un hijo, están en juego una gran cantidad de vidas humanas.

Si no valen los argumentos afectivos, ¿qué argumentos damos para rechazar la FIV?

El primer argumento es de otro orden, y se refiere al embrión: puesto que en la FIV hay pérdidas de embriones en diferentes fases del proceso, y aquellos que no se “pierden” son “sobrantes” que son o congelados o desechados o usados para investigación, lo primero a determinar es el estatuto ontológico del embrión humano o, en otras palabras, “qué es” un embrión humano.

Este punto es decisivo, porque si sostenemos –como es en la realidad- que el embrión humano es una persona humana, o sea, un individuo perteneciente a la especie humana, y como tal, compuesto de alma y de cuerpo –su cuerpo está constituido, en este período del desarrollo, por la célula resultante de la unión de los gametos masculino y femenino, el cigoto-, entonces, a este embrión, le corresponden todos los derechos inherentes a todo ser humano por el solo hecho de ser un individuo humano, es decir, individuo dotado de inteligencia y de un alma espiritual, unida indisolublemente a un cuerpo.

¿Y cuál es este derecho inalienable de todo ser humano? ¡El derecho a la vida!

El primer derecho del embrión –concebido naturalmente, en la relación matrimonial, o artificialmente, por la FIV- es el derecho a la vida.

Y es esto lo que no se respeta en la FIV, por lo que dijimos antes: si no se “pierden” en el proceso de la técnica, aquellos que no son implantados –el 95% de los embriones “generados”- afrontan un destino indigno de toda indignidad, para su condición de seres humanos: o son congelados, o son utilizados en experimentos de laboratorio. Y los que son congelados, pasado un tiempo –depende de las legislaciones de los distintos países-, son desechados.

¿Qué diferencia hay, entonces, entre eliminar un niño y un embrión? La única diferencia es la palabra: en un caso se llama “infanticidio”, y en el otro, podríamos decir: “embrionicidio”. Y es así como debería llamarse la FIV:“embrionicidio” (no sabemos si esta palabra existe, pero si no existe, la proponemos como sinónimo de FIV).

Hay otras gravísimas objeciones, además de esta, la de la eliminación del embrión, para oponerse frontalmente a la FIV, como por ejemplo, la obtención de los gametos necesarios para la fecundación.

Esto último atenta contra la santidad del matrimonio –las únicas relaciones sexuales que no ofenden la santidad divina son las matrimoniales, de modo casto, es decir, cumpliendo los fines unitivos y procreativos de la sexualidad humana- y contra otro derecho del niño por nacer, que es el de ser concebido por amor, porque por su dignidad intrínseca, merece nacer como fruto del amor esponsal, y no como producto de un deseo irrefrenado de “tener un hijo a cualquier costo”.

Éstas son las principales razones, resumidas en breve espacio, por las cuales rechazamos la FIV o “embrionicidio”.

Y si alguien desea ese regalo divino que significa un hijo, y no puede, por las circunstancias que sean, concebirlo naturalmente, que recurra a la adopción, y su expectativa no será defraudada.