El cigoto, es decir, el ovocito fecundado por un espermatozoide, es ya una persona humana, con un acto de ser, con un cuerpo y con un alma, y por lo tanto, su primer derecho humano es el derecho a vivir
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jueves, 15 de septiembre de 2011

Por qué es ilícita la Fecundación in Vitro (o mejor dicho, “Embrionicidio”)



Cuando se habla de la FIV, no se puede recurrir a argumentos afectivos, tales como: “Quiero un hijo”, o “La Iglesia debería actualizarse y aceptar los avances de la ciencia, para que aquellos que no pueden tener un hijo naturalmente, dejen de sufrir”.

Aún cuando el deseo de un hijo sea absolutamente lícito, no es determinante a la hora de establecer la licitud moral de la FIV, y en el caso del argumento contra la Iglesia, la respuesta es que la Iglesia no se opone “porque sí”, de modo irracional, sino que tiene razones bien fundamentadas, y la primera de todas es que, por encima del deseo de los padres de tener un hijo, están en juego una gran cantidad de vidas humanas.

Si no valen los argumentos afectivos, ¿qué argumentos damos para rechazar la FIV?

El primer argumento es de otro orden, y se refiere al embrión: puesto que en la FIV hay pérdidas de embriones en diferentes fases del proceso, y aquellos que no se “pierden” son “sobrantes” que son o congelados o desechados o usados para investigación, lo primero a determinar es el estatuto ontológico del embrión humano o, en otras palabras, “qué es” un embrión humano.

Este punto es decisivo, porque si sostenemos –como es en la realidad- que el embrión humano es una persona humana, o sea, un individuo perteneciente a la especie humana, y como tal, compuesto de alma y de cuerpo –su cuerpo está constituido, en este período del desarrollo, por la célula resultante de la unión de los gametos masculino y femenino, el cigoto-, entonces, a este embrión, le corresponden todos los derechos inherentes a todo ser humano por el solo hecho de ser un individuo humano, es decir, individuo dotado de inteligencia y de un alma espiritual, unida indisolublemente a un cuerpo.

¿Y cuál es este derecho inalienable de todo ser humano? ¡El derecho a la vida!

El primer derecho del embrión –concebido naturalmente, en la relación matrimonial, o artificialmente, por la FIV- es el derecho a la vida.

Y es esto lo que no se respeta en la FIV, por lo que dijimos antes: si no se “pierden” en el proceso de la técnica, aquellos que no son implantados –el 95% de los embriones “generados”- afrontan un destino indigno de toda indignidad, para su condición de seres humanos: o son congelados, o son utilizados en experimentos de laboratorio. Y los que son congelados, pasado un tiempo –depende de las legislaciones de los distintos países-, son desechados.

¿Qué diferencia hay, entonces, entre eliminar un niño y un embrión? La única diferencia es la palabra: en un caso se llama “infanticidio”, y en el otro, podríamos decir: “embrionicidio”. Y es así como debería llamarse la FIV:“embrionicidio” (no sabemos si esta palabra existe, pero si no existe, la proponemos como sinónimo de FIV).

Hay otras gravísimas objeciones, además de esta, la de la eliminación del embrión, para oponerse frontalmente a la FIV, como por ejemplo, la obtención de los gametos necesarios para la fecundación.

Esto último atenta contra la santidad del matrimonio –las únicas relaciones sexuales que no ofenden la santidad divina son las matrimoniales, de modo casto, es decir, cumpliendo los fines unitivos y procreativos de la sexualidad humana- y contra otro derecho del niño por nacer, que es el de ser concebido por amor, porque por su dignidad intrínseca, merece nacer como fruto del amor esponsal, y no como producto de un deseo irrefrenado de “tener un hijo a cualquier costo”.

Éstas son las principales razones, resumidas en breve espacio, por las cuales rechazamos la FIV o “embrionicidio”.

Y si alguien desea ese regalo divino que significa un hijo, y no puede, por las circunstancias que sean, concebirlo naturalmente, que recurra a la adopción, y su expectativa no será defraudada.

viernes, 4 de marzo de 2011

"Vamos a ver cómo es, el reino del revés..."


La famosa canción de María Elena Walsh parece haber sido escrita para nuestros tiempos, en donde lo blanco se muestra como negro, lo negro como blanco, lo bueno como malo y lo malo como bueno.

Según una nota -recogida del sitio "Valores religiosos"(http://www.valoresreligiosos.com.ar)-, el pasado 28 de febrero, en Inglaterra, un tribunal inglés prohibió la adopción de niños a un matrimonio cristiano pentecostal, debido a su "moral sexual".

La nota íntegra se encuentra es la siguiente:

"Impiden que matrimonio cristiano adopte niños por su moral sexual.

Son una pareja de creyentes pentecostales de Nottingham, Gran Bretaña, convencidos de que el “estilo de vida homosexual” no es aceptable. Dos jueces dictaminaron que su ética sexual puede dañar a los niños.

En un fallo que podría sentar precedentes legales en la justicia británica, el 28 de febrero dos jueces de Nottingham resolvieron que una pareja de esposos cristianos no puede adoptar niños debido a su convicción de que el "estilo de vida homosexual" no es aceptable.

Eunice y Owen Johns, de 62 y 65 años de edad respectivamente, son cristianos pentecostales de la ciudad de Derby y ya han cuidado a 15 niños como padres sustitutos en el pasado. Es decir, no los adoptaban pero los criaban temporalmente como si fueran sus hijos.

Ambos fueron llevados a una corte por un trabajador social que expresó su "preocupación" por la perspectiva que ambos tienen sobre el estilo de vida homosexual.

"Todo lo que queremos hacer es ofrecer un hogar lleno de amor a un niño necesitado. Tenemos un buen récord como padres sustitutos, pero como somos cristianos con una ética sexual, aparentemente no somos lo suficientemente buenos para serlo", señaló Eunice Johns.

"Los jueces -denunció- sugieren que nuestra perspectiva puede dañar a los niños. La Comisión de Igualdad y Derechos Humanos nos ha dicho que nuestras convicciones podrían ''''infectar'''' a los pequeños pero no creemos que eso sea así".

Johns también dijo que "estamos preparados para amar y aceptar a cualquier niño. Lo que no queremos hacer es decirle a un pequeño que la práctica homosexual es algo bueno. Más aún, un niño vulnerable ahora ha perdido la oportunidad de encontrar un hogar seguro y servicial en una época en la que hay pocos dispuestos a cuidar o adoptar".

"Nos sentimos excluidos y sentimos que no hay lugar para nosotros en la sociedad, no hemos recibido justicia y creemos que se necesita una perspectiva independiente para revisar este caso" que estos esposos van a apelar.

Por su parte Ben Summerskill, director de la organización Stonewall que agrupa lesbianas, gays y bisexuales, comentó sobre el fallo que "nos place que la Corte haya favorecido la decencia del siglo XXI por encima del prejuicio del siglo XIX".

Los jueces de este caso, Munby y Beatson, se refieren en su fallo a la polémica Ley de Igualdad y Orientación Sexual de 2010. Ambos señalan que poner a niños al cuidado de los Johns podría "generar un conflicto con el deber de la autoridad local de salvaguardar y promover el bienestar de los niños".

Para los jueces, en este caso no se atenta contra la libertad religiosa de los Johns, que en todo caso queda en un segunda lugar "porque las leyes sobre la igualdad en cuanto a la orientación sexual deben considerarse primero".

El fallo también señala que las autoridades pueden exigir a los individuos una "actitud positiva" hacia las inclinaciones y el estilo de vida homosexual.

En opinión de los magistrados Munby y Beatson los Johns no han sufrido discriminación religiosa ya que su exclusión como padres sustitutos no se debe a eso sino a sus consideraciones éticas.

Andrea Williams, Directora del Christian Legal Center del Reino Unido, reiteró que los jueces "efectivamente le dijeron a los Johns que sus perspectivas pueden dañar a los niños".

La decisión de los magistrados de Nottingham también se refiere al "asunto obvio" de que Gran Bretaña es "un estado secular y no una teocracia" por lo que "apoyarse en una creencia religiosa no puede inmunizar nunca al creyente del alcance de la ley secular".

Al respecto, Williams advirtió que "la ley se ha comenzado a interpretar por los jueces de modo tal que favorece los ''''derechos'''' homosexuales sobre la libertad de conciencia. Diversas áreas de la vida pública se están saliendo del espectro de los cristianos que no quieren comprometer sus creencias".

"Si la moral cristiana daña a los niños y es inaceptable para el Estado, ¿entonces cuántos años nos quedan antes que los hijos naturales sean arrebatados de sus padres cristianos?", cuestionó la abogada.

La controvertida norma sobre la orientación sexual en Gran Bretaña forzó a las agencias de adopción católicas a cerrar, luego de que la comisión encargada de velar por su cumplimiento estableciera que estas instituciones no podían rechazar a parejas homosexuales que quisieran adoptar.

Catholic Care, la última agencia en cerrar, fue obligada a hacerlo en agosto de 2010.

Sobre la adopción por parte de homosexuales, el Instituto Valenciano de Fertilidad, Sexualidad y Relaciones Familiares (IVAF) recuerda que "un niño tiene derecho a un padre y una madre, derecho conculcado si se le entrega a dos hombres o a dos mujeres".

"Dos personas del mismo sexo no son idóneos para la cría y educación de los niños, que carecerían de referente paterno/masculino (si son dos lesbianas) o materno/femenino (si son dos homosexuales)", precisa".

Hasta aquí, la noticia aparecida en "Valores Religiosos".

Nosotros nos despedimos, cantando la canción de María Elena Walsh: "Vamos a ver cómo es, el reino del revés...". Bueno, en realidad, no "vamos a ver" cómo es el reino del revés: lo estamos viviendo.