El cigoto, es decir, el ovocito fecundado por un espermatozoide, es ya una persona humana, con un acto de ser, con un cuerpo y con un alma, y por lo tanto, su primer derecho humano es el derecho a vivir

jueves, 9 de noviembre de 2017

El Reino del revés: dos médicos a juicio por intentar salvar la vida de una persona por nacer

Los fiscales Rita Lucía y Santiago Márquez Gauna acusaron formalmente a dos médicos cipoleños.
Los fiscales Rita Lucía y Santiago Márquez Gauna, en la innoble tarea de acusar a los médicos por hacer lo que debían hacer, intentar salvar la vida de un niño por nacer. Increíble.

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Dos médicos serán juzgados por negarse a realizar un aborto

Fue en el hospital de Cipolletti. La Fiscalía imputó a dos médicos del hospital por incumplir la ley.

Dos médicos del hospital Pedro Moguillansky fueron imputados por los fiscales Rita Lucía y Santiago Márquez Gauna por incumplimiento de los deberes de funcionario público. Están acusados de negarse a cumplir la ley que prevé el aborto no punible. La defensa solicitó el sobreseimiento de los acusados, pero el planteo fue rechazado por la jueza de Garantías, Sonia Martín.
Los representantes del Ministerio Público Fiscal sostuvieron que el 2 de abril una mujer que cursaba un embarazo no deseado -producto de un delito contra la integridad sexual- ingresó al centro de salud público con una derivación del hospital de Fernández Oro.
La paciente le aseguró al profesional que la atendió en la guardia que tenía intenciones de interrumpir el embarazo en curso y por eso había tomado pastillas para inducir un aborto. Pero el médico lo habría impedido mediante la aplicación de medicamentos cuya función se centra en inhibir las contracciones que la mujer estaba teniendo, incumpliendo la ley provincial y la nacional que surgió luego de la experiencia rionegrina.
La segunda parte del hecho imputado explica que el responsable de la guardia, teniendo conocimiento del deseo de la mujer, no realizó las acciones tendientes a la producción del aborto.
La fiscalía también afirmó que la mujer habría llenado la declaración jurada prevista para los casos en los que la mujer fue abusada, que garantiza la realización de la práctica y la legalidad de la actuación del médico.
A la segunda médica imputada se le atribuye que al hacerse cargo de la guardia y tras ser informada por la paciente de la decisión de practicarse un aborto, no realizó ninguna acción médica, violando así las reglamentaciones vigentes.
Además de la historia clínica, los fiscales se apoyaron en casi una decena de testimonios de profesionales de los hospitales de Fernández Oro y de Cipolletti.
Qué dice la ley de aborto
Casos no punibles
Según la ley provincial, se puede interrumpir un embarazo si hay riesgo para la salud integral de la mujer o si el embarazo fue producto de una violación.
Médicos
Los médicos sólo pueden negarse a actuar si antes se inscribieron en el registro de objeción de conciencia. Pero no pueden evitar el procedimiento: debe efectuarlo otro profesional.
(https://www.lmneuquen.com/dos-medicos-seran-juzgados-negarse-realizar-un-aborto-n570368)

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