El cigoto, es decir, el ovocito fecundado por un espermatozoide, es ya una persona humana, con un acto de ser, con un cuerpo y con un alma, y por lo tanto, su primer derecho humano es el derecho a vivir

viernes, 19 de junio de 2015

La sorpresa y la indignación nos dejan sin palabras: Argentina legaliza el aborto libre disfrazándolo de "derecho humano"

NIEGA LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA Y VIOLA LA LIBERTAD RELIGIOSA

Aborto por descuartizamiento. ¿Esto es un "derecho humano"?
Un día de luto para Argentina: se ha legalizado el aborto libre, disfrazándolo de "derecho humano". ¿Desde cuándo el asesinato de seres inocentes e indefensos, en el seno materno, es un "derecho humano"?

El ministerio de Salud ha publicado en su web la guía de atención de los abortos no punibles. Cuenta con la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y está fechado en abril de 2015.
El documento de 72 páginas trata supuestamente de actualizar la guía a la sentencia de la Corte Suprema en relación al aborto. Pero va mucho más allá: legaliza el aborto libre y sin causa “de facto” y lo considera un “derecho” de las mujeres.
“El ejercicio de este derecho se encuentra enmarcado en los derechos sexuales y reproductivos como parte de los derechos humanos”
Empieza ‘edulcorando’ el término aborto y ‘rebautizándolo’ como “interrupción legal del embarazo’. Pero lo más grave es la interpretación amplia del supuesto no punible del “peligro para la vida de las madres”, incluyendo el peligro para su salud psíquica. Así lo señala:
“El dolor psicológico y el sufrimiento mental asociado con la pérdida de la integridad personal y la autoestima”
¿Y quien interpreta ese sufrimiento mental? La misma madre. Ni médico forense, ni estudios de terceros. Ella misma juzgará el riesgo para su salud psíquica “asegurando el respeto a su intimidad y autonomía”.
“La decisión de la mujer sobre qué tipo de peligro está dispuesta a correr debe ser el factor determinante en la decisión de requerir la realización de una ILE”
Es decir, aborto libre.
Paradójicamente, se afirma que se asegurará “el flujo de la información clara y veraz, y el acceso a los adelantos tecnológicos e información científica actualizada”. Sin embargo, se prohibe mostrar la ecografia a la que ya haya decidido abortar.
El derecho a la objeción de conciencia queda limitado para evitar la llamada “objeción declamada”. Debera ser “autorizado” por la institución médica y no afectar a la disponibilidad del servicio. Es decir,se niega el derecho a la objeción de conciencia.
Tampoco deja opción a la objeción de los centros católicos. La guía obliga –y así lo dice expresamente- a todos los centros sanitarios de Argentina, públicos y privados. Una vulneración del derecho a la libertad religiosa.
La norma excede claramente la competencia del ministro. Salud no puede modificar el Código Penal ni enmendar a la Corte Suprema. Y menos para quebrar el principal de los derechos, el derecho a la vida.
¿Por qué Salud decide aprobar el aborto libre de facto en plenas elecciones y a punto de cambio en la presidencia?
Escríbile al ministro Gollán, y mostrale tu rechazo
Para más información:
http://infocatolica.com/?t=noticia&cod=24239

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No es competente para el aborto libre
Estimado ministro de Salud, Daniel Gustavo Gollán:
C/c presidenta Cristina Fernández de Kirchner
He tenido ocasión de conocer la nueva guía de aborto no punible. Desconozco por qué publica esta guía en mitad de un proceso electoral.
En todo caso, creo que se ha excedido en sus competencias. Ud. no puede modificar el Código Penal ni enmendar a la Corte Suprema.
La guía califica el aborto como un “derecho” contradiciendo lo señalado por la Corte y el Código Penal.
Además, realiza una interpretación amplia del supuesto no punible de “peligro para la salud de la madre” incluyendo su salud mental. Y no sólo eso sino que ese supuesto de salud mental deberá de ser valorado por la propia madre “para respetar su autonomía”. Es decir, aborto libre. ¿Desde cuando un paciente es quien se autodiagnostica?
No sólo eso sino que su guía viola el derecho a la objeción de conciencia al depender esta de la “autorización” de las instituciones médicas y la disponibilidad. O sea, Ud. se arroga el derecho de “otorgar” o no dicha objeción. Se olvida que ni Ud. niningún gobierno con pretensiones verdaderamente democráticas puede violar el derecho a la libertad de conciencia
Por último, su guía viola la libertad religiosa al negar a los centros sanitarios católicos la posibilidad de permanecer al margen de una norma que viola claramente los preceptos de la moral católica.
Por todo ello, le exijo que retire la polémica guía.
Atentamente,
[Tu nombre]

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