El cigoto, es decir, el ovocito fecundado por un espermatozoide, es ya una persona humana, con un acto de ser, con un cuerpo y con un alma, y por lo tanto, su primer derecho humano es el derecho a vivir

viernes, 21 de junio de 2019

Absuelven a médico involucrada en muerte de joven a quien le practicó aborto

Imagen referencial / Pixabay (Dominio Público)


6 de febrero de 2019

Redacción ACI Prensa

El Superior Tribunal de Justicia del Chubut (Argentina) absolvió a la doctora María Estrella Perramón en la causa relacionada con la muerte de una joven de 17 años a quien le practicó un aborto en diciembre de 2015.
El 1 de diciembre de 2015 en Esquel, en el noroeste de la provincia del Chubut, la joven Keila Jones acudió al hospital El Maitén para pedir ayuda a una asistente social al no saber cómo afrontar su embarazo de ocho semanas.
La joven fue derivada para someterse a una “interrupción legal del embarazo” utilizando el mecanismo previsto por el protocolo de “abortos no punibles”. Le administraron misoprostol y la dejaron en observación.
“Mi hija me llama. Yo voy inmediatamente al hospital y hablo con la médica (Perramón) y ella me dice que lo que tenía mi hija era una menstruación fuerte y que la podría llevar a la casa”, relató Verónica Azocar, madre de Keila, en un video publicado en redes sociales en julio de 2017.
En su casa la joven siguió con fuertes dolores abdominales por lo que su madre volvió a acudir a la médico que la había atendido. Perramón le dijo que se trataba de un cuadro de gastroenteritis.
El sábado 5 de diciembre Keila fue derivada al Hospital Zonal de Esquel, donde le dijeron “que tenían que operarla porque tenía líquido en el abdomen que no sabían de qué era. La operaron y fue ahí que nos enteramos que le habían hecho un aborto”, denunció Verónica Azocar.
Al día siguiente Keila fue intervenida dos veces y en la segunda operación le dijeron que ya “estaba todo infectado por el aborto”. Murió el 6 de diciembre de 2015.
El Ministerio Público Fiscal de Esquel determinó que la muerte “se produjo como consecuencia del proceso incompleto del aborto, al no haber retirado (previa determinación o exploración), los restos del embarazo dentro del útero”. Esto generó “un cuadro de shock séptico refractario que provocó la muerte de la joven”.
En 2017 los padres de Keila denunciaron el hecho a los Tribunales de Esquel y el 31 de julio de ese año comenzó un juicio para esclarecer la responsabilidad de la médico que ejecutó el aborto.
En primera instancia, la Cámara de Apelaciones de Esquel absolvió a la imputada del delito de aborto consentido seguido de muerte, pero la condenó a un mes de prisión en suspenso y a un año de inhabilitación especial del ejercicio de la medicina, circunscribiendo el caso al delito de lesiones culposas.
En octubre de 2018 la defensa de Perramón presentó un recurso de impugnación que fue acogido el 4 de febrero de 2019 por el Superior Tribunal de Justicia del Chubut. Este decidió revocar la sentencia del juez de José Colabelli -de la Cámara de Apelaciones- y así dejar libre de cargos a la médico
El tribunal coincidió con la defensa de Perramón en que se transgredió el principio de congruencia entre la acusación y la sentencia. Es decir, se la había acusado por aborto consentido seguido de muerte (delito complejo), pero se le condenó por lesiones culposas (delito culposo).
A través de un comunicado, la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir, celebraron el fallo, ya que según ellos la imputada “cumplió con su deber de médica”.
Por su parte, la Plataforma Unidad Provida, red argentina que congrega a unas cien organizaciones a favor de la vida, tras la resolución convocó a un “tuitazo” para denunciar lo sucedido con Keila bajo el hashtag #ImpunidadVerde.
Finalmente, Verónica, la madre de Keila expresó en su cuenta de Facebook su dolor por el fallo y en palabras dirigidas a Perramón sentenció: “Siempre te llevarás en tu conciencia la muerte de mi hija y nieto”.

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